¿Eres freelance? Conoce tus obligaciones fiscales y evita multas o sanciones
- Raquel Aguilar
- 11 sept 2020
- 3 Min. de lectura
Cada vez es más común comenzar la vida laboral trabajando como freelance, ya que es una opción que permite adquirir experiencia mientras te adaptas a los horarios y sistemas del mundo laboral.
Además de ser una gran opción para los recién egresados, esta forma de empleo sirve para las personas que prefieren trabajar a su ritmo, tienen más de un proyecto en desarrollo o se encuentran estudiando.
Se estima que en México existen 14 millones de trabajadores independientes, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), y se espera que este número vaya en aumento en los próximos años.
Aunque es una forma de trabajo que da muchas libertades, es necesario llevar un control adecuado de tu contabilidad y obligaciones fiscales. Sólo así se puede lograr un buen control de tus finanzas personales y evitar multas o recargos por parte del SAT. Además, el tener en orden las cuentas hará más fácil para tus clientes contratarte y facturar tus servicios.
Si estás pensando en comenzar a trabajar como freelance o ya lo haces pero no estás seguro sobre tus obligaciones fiscales, aquí contestamos algunas de las dudas más frecuentes:
¿Debo registrarme al SAT aunque perciba pocos ingresos?
Cuando prestes servicios a una empresa, te pedirán una factura o recibo de honorarios para que ellos puedan deducir el gasto. Por tal razón es necesario que, independientemente de tu nivel de ingresos, te inscribas al RFC y emitas comprobantes.
¿Qué necesito para inscribirme al RFC?
El trámite se puede realizar por Internet en la página del SAT y necesitas tener a la mano tu CURP. El sistema te pedirá completar un cuestionario relativo a las actividades que vas a realizar, por lo que es importante que antes de realizar el trámite, te hayas asesorado para conocer el régimen adecuado para ti.
¿En qué régimen fiscal debo estar inscrita si trabajo como freelance?
Esto depende del tipo de servicios que prestes. Sin embargo, los más comunes son el régimen de incorporación fiscal y el régimen de actividades profesionales y empresariales. Es importante que antes de inscribirte al RFC consultes a un experto para saber cuál es el que te corresponde.
¿Qué gastos puedo deducir en mis declaraciones mensuales?
Puedes deducir los gastos que están relacionados con la obtención de tu ingreso. Por ejemplo: Papelería, luz, celular, internet, gasolina, etc. Todos los gastos deben estar soportados por una factura (CFDI) y si son por más de dos mil pesos, pagarlos por transferencia o tarjeta.
¿Tengo obligación de presentar declaración anual?
Si estás en el régimen de incorporación fiscal solamente presentas declaraciones bimestrales.
Si por el contrario, estás en el régimen de actividades profesionales y empresariales, además de los pagos mensuales, debes presentar declaración anual.
¿Qué deducciones personales puedo hacer en mi declaración anual?
Puedes aplicar las siguientes deducciones personales:
Honorarios médicos, de dentista, psicólogos y nutriólogos, siempre que los pagues con tarjeta o por transferencia
Gastos funerarios
Primas de seguros de gastos médicos
Intereses por créditos hipotecarios por la compra de tu casa habitación
Donativos a organizaciones autorizadas para recibirlos
En caso de que aplique, las colegiaturas de tus hijos
¿Cómo puedo saber cuántos impuestos pagaré al SAT?
Básicamente hay dos impuestos que tendrás que pagar: el ISR y el IVA.
El IVA a pagar es la diferencia entre el IVA que cobras a tus clientes y el IVA que pagas por las facturas de tus gastos deducibles.
El ISR se calcula sobre la utilidad que generas cada mes. Dependiendo del monto puede ser desde un 3% hasta un 35% si tu utilidad mensual excede de 250,000 pesos.
¿Qué necesito para hacer mi declaración?
La información base para todos los cálculos son tus facturas de ingresos y gastos. Las facturas de ingresos se consideran para el cálculo del impuesto cuando cobras, no cuando emites el CFDI, por lo que es necesario tener un control de tus cobros.
Nosotros recomendamos que la presentación de la declaración la realice un experto para evitar errores y multas.
Por último te recordamos que las declaraciones deben presentarse el día 17 de cada mes.
¿Puedo tener un AFORE trabajando como freelance?
Sí. Algunas AFORE cuentan con planes para trabajadores independientes. Debes acudir directamente con ellos para abrir una cuenta y empezar a generar tu ahorro. Puedes consultar el procedimiento en este link de la Consar.
Otra opción es buscar un plan privado de ahorro para el retiro y compararlo contra el de las AFORES para evaluar cuál se ajusta más a tus expectativas.
Recuerda que la mejor forma de llevar un control óptimo de tus finanzas es con el apoyo de un experto en contabilidad y finanzas, así podrás asesorarte y evitar multas o recargos.
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